24 de agosto de 2008

¿Qué apellido le ponemos?


Uno de los primeros “problemas” con los que se encuentran los futuros padres es el del nombre que le van a poner a su bebé. Si es niño, Luís, si es niña, María.

Desde hace un tiempo la Ley Española permite escoger cuál será el primer apellido.

Tradicionalmente el primer apellido ha sido siempre el del padre, seguido del de la madre, pero podemos elegir hacerlo a la inversa.

Esta decisión debe tomarse con el primer hijo, ya que el orden que establezcamos con él es el que deberán tener sus hermanos menores. Una vez cumplan 18 años, cualquiera de los hermanos puede cambiarse el orden si así lo desea.

Las razones son varias, que se quiera mantener el apellido de la madre para no perderlo, en caso de madre soltera, porque el nombre y el apellido suenan mal (Dolores Fuertes, Margarita Flores, Armando Guerra, Paloma Paz, Fina Segura…), etc.
También puede añadirse al apellido la partícula “De” si el apellido que va tras el nombre es un nombre propio. Por ejemplo, en el caso de llamarnos José Andrés Pérez, se puede cambiar a De Andrés para evitar confusiones entre el nombre y el apellido.

Otra posibilidad es la de adaptar apellidos al castellano si son de origen extranjero y provocan confusión en nuestro país.

Todos estos cambios los pueden solicitar el padre y la madre de común acuerdo (y los mayores de edad) y las solicitudes se tramitan en el Registro Civil.

Más información | Ministerio de Justicia (902 00 72 14 )

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